Proceso Judicial Laboral

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Pasos:
1. La parte que considere pertinente al momento de haber sido notificada con la sentencia o auto de vista que concluya el proceso, puede interponer recurso de casación. Solo será admisible plantear este recurso en los casos de sentencias cuya cuantía reconocida supere las 100 (URP).

2. La parte agravia tiene el plazo de diez días hábiles para interponer este recurso a partir de la notificación de la sentencia de vista.

3. Para la derivación de este recurso la Sala Superior deberá remitir dentro del plazo de tres días hábiles el expediente objeto de controversia con todos SUS recaudos al superior en grado (Sala Suprema).

4. Una vez recibido el expediente la Sala Suprema procederá a examinar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la procedencia del recurso, en caso se declare procedente, el juez fijará fecha para la vista de la causa Cabe acotar que cualquiera de las partes facultativamente puede solicitar el uso de informe oral dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que fija fecha para la vista de la causa.

5. Inmediatamente concluida la exposición oral de las partes, la Sala Suprema resuelve el recurso o luego de sesenta minutos, expresando el fallo. Excepcionalmente será resuelto dentro de los cinco días hábiles siguientes.

6. Por último dentro del mismo acto de la vista de la causa, el juez señalará fecha y hora para que ambas partes comparezcan a su despacho para la notificación de la resolución, esta citación se realizará dentro de los cinco días hábiles posteriores de celebrada la vista de la causa.

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