Inicio »
Fabiola Damizú Julca Cucho |
Abogada
Fabiola Damizú Julca Cucho | Abogada
EDUCACIÓN Y ESTUDIOS REALIZADOS
- Maestría en Derecho Civil por la Universidad Federico Villareal Magister en Derecho Civil
- Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Especialista en Derecho Civil
ÁREAS DE PRÁCTICAS
- Contratación Pública
- Regulatorio y Administrativo.
- Derecho Civil
CAPACITACIÓN
- Taller – Conferencia “Servicio de Clase Mundial” Dictada por el Lic. Miguel Ángel Cornejo”
- Seminario “Derecho de los Recursos Hídricos en el Perú”
- Autoridad Nacional del Agua – Ministerio de Agricultura y Riego
- VII Curso Internacional de Derecho Penal “Encuentro Académico de las Universidades de Granada, Jaén (España), y la Universidad San Martin de Porres Centro de Estudios de Derecho Penal – Universidad de San Martin de Porres.
- Seminario “Sistema Penal Acusatorio”
- Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos – Ministerio de Justicia
- Seminario “Trabajo Forzoso” – “Conciliación y Arbitraje en el Perú” Ministerio de Justicia
- Conferencia Magistral “La Responsabilidad Penal y Constitucional del Presidente de la República” - Universidad San Martín de Porres.
- Conferencia Magistral “El Papel del Perú Frente a la Organización de Estados Americanos” Universidad San Martín de Porres.
- Conferencia Magistral “La Abogacía: El Rol del Abogado en el Siglo XXI” Colegio de Abogados de Lima.
- Conferencia Magistral “Los Transgénicos: Aspectos Legales” Universidad San Martín de Porres
- Certificado de Participación en Audiencias Públicas en los casos:
-Caso Ibsen Cárdenas Vs, Bolivia
-Caso XákmokKásek Vs. Paraguay
-Caso Fernández Ortega Vs. México.
Corte Interamericana de Derechos Humanos.
CONTACTO
- RPC: 964 114 196 - RPM: 939 207 504
- Correo: directorgeneral@el-terno.com
¿Es necesario justificar la representación en la conciliación extrajudicial?
Fabiola Damizú Julca Cucho Lunes 22 de febrero de 2016
La concurrencia a la audiencia de conciliación refiere que es personal; por lo cual entendemos que existe el factor personalísimo e intransferible a un tercero; caso contrario que conforme a Ley deben actuar a través de representante legal como sería en el caso de las personas jurídicas; las mismas que por su mismo origen deben ser representadas a través de mecanismos legales; retomando la concurrencia personal a la audiencia de conciliación, entendiéndose en el caso de las personas naturales; existe la salvedad de la representación...
Nuestros Columnistas
-
Edwar Abarca Periodista
-
Jorge Isaac Torres Manrique Abogado
-
Jean Carlo Chávarry Romero Abogado
-
Italo Felix Dill’erva Abogado
-
Hélard André Fuentes Pastor Historiador
-
Andre Prado García Blásquez Abogado
-
Fabiola Damizú Julca Cucho Abogada
-
Daniel Mendoza Rubina Abogado
-
Jefferson G. Moreno Nieves Abogado
-
Jorge Abel Ruiz Bautista Abogado
-
Marco Silva Santisteban Valdivia Abogado
Suscríbete a "EL TERNO"
Nuestros Artículos
-
La gestión ambiental en el sector minero Feb 22, 2016
-
Del deporte a la casa rosada Nov 11, 2015
-
Política sinónimo de unidad Oct 30, 2015
-
Cofopri y el medio millón de lotes no titulados Feb 20, 2016
-
Sobre la ley de playas y la dinámica del litoral Oct 09, 2015
-
Derecho administrativo vs. Derecho laboral Feb 19, 2016
-
¡Para renunciar hay que ser formal! Feb 16, 2016
-
“Presunción de Veracidad” Oct 19, 20016
-
Ejecución directa presupuestal Oct 30, 2016
-
Devolución de honorarios Arbítrales Oct 14, 2015
-
Breves Cuestiones de la 'Compliance Penal' Oct 26, 2015
-
El llanero solitario Oct 26, 2015
-
Policía, soy de corazón Oct 06, 2015