Procedimientos Administrativos

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Pasos:
1. La apelación deberá ser interpuesta ante el órgano que dictó la resolución apelada dentro de los quince días de producida la notificación respectiva.

2. El expediente respectivo deberá elevarse al superior jerárquico en un plazo máximo de dos días contados desde la fecha de la concesión del recurso respectivo.

3. Dentro de los quince días de recibido el expediente por el superior jerárquico se correrá traslado a la otra parte y se le concederá plazo de quince días para la absolución de la apelación.

4. Con la absolución de la otra parte o vencido el plazo para ello, la autoridad que conoce de la apelación podrá señalar día y hora para la vista de la causa que no podrá realizarse en un plazo mayor de diez días contados desde la fecha en que se notifique la absolución de la apelación a quien la interponga.

5. La administración deberá emitir resolución dentro de los treinta días siguientes a la fecha de realización de la audiencia (vista de la causa).

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