La prueba documentaria, en la medida cautelar

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La Importancia de la Prueba Documentaria

Abogado por la Universidad Pontificia Universidad Católica del Perú (1995). Maestría en Derecho Procesal en la Universidad Nacional de Rosario, Argentina e inscrito en el Doctorando en Derecho Procesal Contemporáneo en la Universidad de Medellín, Colombia. Catedrático en diferentes universidades.

La concesión de la medida cautelar se hace a través de lo que se denomina la resolución del conflicto ejecutivo. Por lo tanto para acreditar la afectación de un derecho real, tengo que tener un documento y para acreditar la afectación de un derecho, también necesito un documento.



"La prueba documental dentro de las solicitudes de medidas cautelares, constituyen la única referencia para el Juez, para acreditar la verosimilitud del derecho "



Entonces el principio de prueba, se complementa con el peligro de demora. Hay dos tipos de peligro de demora: el peligro objetivo y peligro subjetivo. El primero es aquel que no necesita acreditar la prueba, en la cual es la misma razón de ser del proceso de la inmediatez y la urgencia por la tanto hay un juicio sumario de inmediato. Mientras que el segundo, requiere acreditar el posible daño que puede causar el demandado con su conducta para incumplir la sentencia o la sentencia no despliegue sus efectos en la razón principal.



En ese sentido, la prueba documental dentro de las solicitudes de medidas cautelares, constituyen la única referencia para el Juez, para acreditar la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora. Entonces cuando hay un juicio de probabilidades, se tiene que tener acceso a la mayor cantidad de material probatorio posible tan similar con el expediente principal.

La recomendación es que se tiene que tratar de presentar todo el material posible, inclusive la documentación del expediente principal para que el grado conocimiento del juez que va ser sumario no sea tan superficial, sino que corresponde la intensidad de la afectación que estoy pidiendo al patrimonio o la persona de los afectados o afectado.

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