El principio de no interferencia, dentro del ámbito judicial
El Principio De No Interferencia, Dentro Del Ámbito Judicial
Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, especialista en arbitraje nacional e internacional. Posee un D.E.A. en Derecho Administrativo, Constitucional y Teoría del Derecho, como también el título de Doctor en Derecho por la Universidad del País Vasco (España).
El Principio de no interferencia o Protección al Arbitraje en relación al poder judicial, por el tema de la competencia del tribunal arbitral, indica que se va excluir la competencias de los juzgados y tribunales estatales o judiciales, con respecto de la controversia que conocemos los árbitros miembros de un tribunal arbitral.
"Es importante que el poder judicial no anule los laudos arbitrales, a menos que sean muy problemáticos"
Si una de las partes que quiera frustrar el arbitraje, iniciara un proceso judicial, la parte pasiva puede plantear una excepción de incompetencia, en el cual el poder judicial solo hace una revisión superficial prima faccie, lo cual debe declarar fundada la excepción, con lo cual se remite la causa a materia arbitral.
Asimismo, en temas de prueba aquí a veces se necesita la ayuda del juez para poder obtener, actuar, declarar, auxilio de fuerza pública donde los jueces nos pueden ayudar para realizar estos actos. Es importante que el poder judicial no anule los laudos arbitrales, a menos que sean muy problemáticos, ello siguiendo lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución del Estado.