Defender la propiedad frente a terceros
Defender la propiedad frente a terceros
Abogado por la Universidad de San Martin de Porres con estudios concluidos de Maestría y Doctorado en la misma casa de estudios. Miembro del Instituto Peruano de Derecho Civil.
La propiedad es un atributo jurídico regulado en la constitución política como en el código civil. La propiedad descansa sobre cuatro verbos: usar, disfrutar, disponer y reivindicar. Esa última figura debe ser explotada a través de un mecanismo clásico que permite a nosotros defender nuestro derecho de propiedad, acción reivindicatoria que se sostiene en el derecho de persecución del bien que tiene el propietario debidamente reconocido jurídicamente, de solicitar a aquella persona que no está permitiendo el ejercicio de este derecho en la realidad.
"La propiedad descansa sobre cuatro verbos: usar, disfrutar, disponer y reivindicar"
La categoría propietario debe seguir un trámite a los registros públicos ir ante al notario con la finalidad que esos respaldos jurídicos sean un alto de protección en un país como el nuestro. La acción reivindicatoria complementada con el tema de utilización de los atributos de los registros públicos que sean debidamente registrados y el procedimiento notarial, primero en el tiempo primero en el derecho, el que ejerce la posesión se presume propietario, esa conexión jurídica debe ser no únicamente documental sino plasmarlo en la realidad.