El interés superior del niño a raíz de las inundaciones

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El interés superior del niño a raíz de las inundaciones

Estudiante de Derecho (VII ciclo), Facultad de Derecho y Ciencias Políticas- Universidad Católica Sedes Sapientiae.

Son más de trecientos mil los niños y niñas afectados por las lluvias e inundaciones ocasionado por el fenómeno del Niño Costero en nuestro país, los más afectados fueron los ubicados en las regiones de Ancash, Huancavelica, Ica, La Libertad, Lima Provincias, Piura y Tumbes, motivo que llevo a suspender las clases en los centros educativos y a restringir sus derechos, para un desarrollo integral, reconocidos en la Convención Sobre los Derechos del Niño (1989), ratificado en Perú el año 1990, Código de los Niños y Adolescentes, y la Constitución Política del Perú, siendo el principio del interés superior del niño un principio fundamental para el desarrollo de sus derechos.



"Son más de trecientos mil los niños y niñas afectados por las lluvias e inundaciones ocasionado por el fenómeno del Niño Costero en nuestro país"



El Principio del Interés Superior del Niño es un principio de la Convención Sobre los Derechos del Niño, en adelante la “Convención”, también recogido por nuestro Código de los Niños y Adolescentes, y en términos sencillos se refiere que ante cualquier conflictos donde se vea involucrado un niño será tomado en consideración primordial el interés superior de este, “el objetivo general de proteger el principio del interés superior del niño es, en sí mismo, un fin legítimo y es, además, imperioso. En relación al interés superior del niño, la Corte reitera que este principio regulador de la normativa de los derechos de las niñas y los niños se funda en la dignidad misma del ser humano, en las características propias de los niños y las niñas, y en la necesidad de propiciar el desarrollo de éstos, con pleno aprovechamiento de sus potencialidades”. (Caso Atala Riffo y Niñas Vs. Chile).



Es por ello, preocupante y de interés nacional la situación de vulnerabilidad en las que se encuentran los niños, expuestos al peligro y privados de sus derechos; como la educación básica, libertad de tránsito y vivir en un ambiente sano. El Perú como Estado Parte de la Convención tiene la obligación de asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, con el objeto que el interés superior del niño sea siempre una consideración primordial. Por ejemplo, en algunas instituciones de las regiones afectadas, se ha previsto el inicio de la clase escolar el 17 de abril, para ello se debe asegurar que las instalaciones estén en óptimas condiciones de poder acoger a los niños, y encuentren en las escuelas un lugar de aprendizaje pero también de refugio y diversión para olvidar por un momento la dura experiencia vivida tras el cambio climático.

Nuestras autoridades responsables en las zonas afectadas por los huaicos están llamados a conocer las necesidades de los niños y deberán actuar respetando sus derechos a la luz del principio del interés superior del niño. No se puede poner en riesgo la vida de un niño ni exponerlo a tratos violentos, las autoridades tienen que ser tolerantes y manejar el tema con las precauciones debidas, sin olvidar de los derechos específicos que ella posee a diferencia de un adulto. Muchos de estos niños lo han perdido todo, su familia, sus casas y algunos la vida, es por ello que se exhorta a las autoridades a tener actuaciones inmediatas, porque cada día para los niños y sus familias es desesperante y agobiante.

Finalmente, es la etapa de reconstrucción donde los trabajos de los diferentes ministerios deberán estar interrelacionados entre sí, con el objetivo de que en el mejor tiempo posible se pueda atender de manera integral las necesidades de los niños. Es decir, la suma de todos los esfuerzos por sacar adelante al país, por parte de las instituciones estatales, organizaciones privadas y las personas voluntarias, han sido de gran ayuda e importante para el periodo que sigue, considerando siempre como principio fundamental en toda actuación el principio del interés superior del niño.

Biografía

Unicef. Emergencia por lluvias e inundaciones. Recuperado 11 de abril del 2017, de: https://www.unicef.org/peru/spanish/media_35790.html

Corte Interamericana De Derechos Humanos, Caso Atala Riffo Y Niñas Vs. Chile (Fondo, Reparaciones y Costas), Sentencia de 24 de febrero del 2012, pág. 37.

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