Sunat prorroga vencimiento de la DJ Anual del Impuesto a la Renta 2019
Solo para contribuyentes con ingresos de hasta S/ 9’660,000 en el 2019....
La Cámara de Comercio de Lima es el gremio empresarial líder del país, encargados de promover el desarrollo de la libre empresa haciendo respetar sus ...
. Solo para contribuyentes con ingresos de hasta S/ 9’660,000 en el 2019
. Corre aproximadamente 90 días, sin la aplicación de multas ni intereses
A fin de reducir el impacto negativo en la población y en los agentes económicos y ante la existencia de situaciones de riesgo para la salud y la vida de los pobladores y adoptar acciones para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, la SUNAT -mediante Resolución 054-2020/SUNAT publicada el viernes 13 de marzo de 2020-, ha dispuesto la prórroga del vencimiento de la presentación y pago de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras 2019, en los términos que a continuación se indica.
"Sunat prorroga vencimiento de la DJ Anual del Impuesto a la Renta 2019"
Los contribuyentes (personas naturales o jurídicas) que el año 2019 hubiesen obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 2,300 UIT (S/ 9’660,000) o hasta ese mismo importe, por el total de rentas distintas a la tercera categoría (Incluye rentas de cuarta, quinta y de primera y segunda categorías) de corresponder, podrán presentar su respectiva declaración jurada de acuerdo al cronograma siguiente:
ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC | FECHA DE VENCIMIENTO |
---|---|
0 | 24 de junio 2020 |
1 | 25 de junio 2020 |
2 | 26 de junio 2020 |
3 | 30 de junio 2020 |
4 | 1 de julio 2020 |
5 | 2 de julio 2020 |
6 | 3 de julio 2020 |
7 | 6 de julio 2020 |
8 | 7 de julio 2020 |
9 | 8 de julio 2020 |
BUENOS CONTRIBUYENTES | 9 de julio 2020 |
Cronograma anterior. - Recuerde que los contribuyentes (personas naturales y jurídicas) no comprendidos en el caso anterior, por tener ingresos mayores a 2300 UIT en el año 2019, para quienes no rige la reciente prórroga dispuesta por SUNAT, deberán de pagar y presentar su D.J anual de regularización del IR 2019, dentro del cronograma establecido anteriormente, esto es, entre el 25 de marzo y el 7 de abril de 2020 y buenos contribuyentes el 8 de abril de 2020.
Fuente
Cámara de Comercio de Lima