Pasos para reanudación de actividades económicas gradual y progresivamente
La Cámara de Comercio de Lima informa a sus asociados que los pasos a seguir para la reanudación de las....
La Cámara de Comercio de Lima es el gremio empresarial líder del país, encargados de promover el desarrollo de la libre empresa haciendo respetar sus ...
. Hasta el viernes 8 de mayo los ministerios tienen plazo para aprobar y publicar los protocolos sanitarios sectoriales.
. Las empresas deben elaborar un plan de vigilancia sanitaria, observando el protocolo sectorial y los lineamientos aprobados por el MINSA para la atención de la salud de los trabajadores (RM 239-2020-MINSA).
. El plan de vigilancia de la empresa se debe registrar en el Sistema SICOVID-19, que el MINSA publicará en su página web.
La Cámara de Comercio de Lima informa a sus asociados que los pasos a seguir para la reanudación de las actividades económicas, según lo dispuesto recientemente por el Gobierno, son los siguientes:
Base legal.- Mediante DS 080-2020-PCM publicado en El Peruano el 03.05.2020, se ha dispuesto la reanudación de actividades económicas que fueron paralizadas por la cuarentena establecida por el COVID-19.
"Pasos para reanudación de actividades económicas gradual y progresivamente"
La reanudación de actividades se realizará en forma gradual y progresiva, dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional.
Fases.- Se ha establecido que para la reanudación de actividades, se tendrán en cuenta 4 fases consignándose de modo genérico, las actividades que podrán reiniciarse en las diferentes fases establecidas.
La primera fase que se reiniciará durante el mes de mayo 2020, comprenderá a la minería e industria, construcción, servicios y turismo y comercio. Para el caso del comercio, en la primera fase, solo se incluye a la comercialización de productos agrarios, el comercio electrónico de bienes para el hogar y afines. No se ha indicado fecha exacta para el reinicio de actividades, la que será precisada por RM del sector correspondiente.
Pasos a seguir para la reanudación de actividades:
· Por parte del Poder Ejecutivo: Los ministerios correspondientes (PRODUCE, MINCETUR, MTC, MINAGRI y otros) deben aprobar:
o El Protocolo Sanitario Sectorial (Plazo hasta el viernes 8 de mayo de 2020)
o Criterios de focalización territorial y obligatoriedad de informar incidencias. Asimismo, los ministerios correspondientes establecerán el ámbito territorial donde no se permitirá el reinicio de actividades, identificando regiones, provincias y distritos donde se ha constatado más casos de infección por el COVID-19.
· Por parte de las empresas: Las empresas deben elaborar:
o Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 (Observando los lineamientos aprobados por RM 239-2020-MINSA y el protocolo que le corresponda a su sector según lo indicado anteriormente)
o Las empresas deben de registrar su Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) a cargo del Ministerio de Salud (Vía Web).
Fecha de inicio de las actividades
La fecha de inicio de las actividades contenidas en la Fase 1 aprobada, será determinada por cada Sector al que pertenece la actividad, se entiende una vez aprobados los protocolos sanitarios sectoriales y los criterios de focalización territorial donde continuaran restringidas las actividades económicas.
Fuente
Cámara de Comercio de Lima