Ministerio de trabajo simplifica su TUPA

Nuevas profesiones

-Elimina procedimientos y requisitos innecesarios en diversos trámites -

La Cámara de Comercio de Lima es el gremio empresarial líder del país, encargados de promover el desarrollo de la libre empresa haciendo respetar sus ...

El 16 de junio del 2017 se publicó en El Peruano la R.M. 107-2017-TR, con la cual se modifican y simplifican diversos trámites contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Trabajo.



"Elimina procedimientos y requisitos innecesarios en diversos trámites"



En efecto, con el nuevo TUPA se eliminan 11 procedimientos; se elimina la base legal de 9 procedimientos; se modifica la calificación de 7 procedimientos; se eliminan 106 requisitos innecesarios en diversos procedimientos, entre otros, a fin de adecuarlos a las normas de simplificación administrativa - Ley 27444 y el Decreto Legislativo 1272 que derogó la Ley 29060-Ley del Silencio Administrativo.



Los principales cambios en el TUPA son:

11 procedimientos eliminados.- Se eliminan los procedimientos referidos a la reinscripción de sindicatos, la autorización de planillas de pago en libros y hojas sueltas, la autorización de planillas en microformas, el registro de pensionistas a cargo de empleadores, el registro de contratos de trabajo de empresas que desarrollan cultivos y crianzas, el registro de contratos de trabajadores destacados a empresas usuarias (intermediación), la comunicación al MTPE sobre el remanente de utilidades, entre otros.

Se eliminan 106 requisitos en 32 procedimientos, referidos a la presentación de recibo de pago por derechos de trámites, declaraciones juradas, copia de contratos, copia de autorizaciones sectoriales, declaraciones juradas de domicilio actual, actas de asambleas sindicales, relación de trabajadores cesados por suspensión de labores, informes sobre la situación económica y financiera de la empresa, etc.

Los procedimientos en los que se han reducido requisitos, entre otros, son: Para la reducción de personal en empresas del Estado, para el cese de trabajadores por causas objetivas, para la cancelación de registro sindical, para el registro de trabajadores migrantes, para la declaratoria de huelga, para designar representantes de trabajadores ante la junta de acreedores, para la verificación de cierre del centro de trabajo, para el fraccionamiento de la deuda laboral, para el registro de empresas de intermediación laboral, para el registro de agencias de empleo.

Se cambia la calificación de silencio positivo a automático.- En los procedimientos de inscripción en el registro de empresas de intermediación laboral, en la carta fianza que se presenta a nombre del MTPE, en la renovación, reajuste y ejecución de las cartas fianzas, en la denuncia interpuesta por incumplimiento de pago de beneficios sociales por empresas de intermediación y en la inscripción en el registro de agencias de empleo.

Se eliminan 26 requisitos innecesarios.- Entre otros, para solicitar el servicio de liquidación de beneficios sociales, para requerir servicios de consultas por trabajadores y empleadores y para obtener el patrocinio judicial gratuito en favor de trabajadores.

Se fusionan los procedimientos.- Para la aprobación y modificación de reglamento interno del trabajo, la visación de contratos de trabajo de extranjeros para obtener nacionalidad peruana, con la visación del certificado para adquirir nacionalidad peruana.

Vigencia.- Los cambios en el nuevo TUPA están vigentes desde el 17 de junio del 2017 Nota.- Cabe recordar que el MTPE mediante R.M. 300-2016-TR (03.12.16) ya había eliminado 24 trámites innecesarios y redujo los requisitos en 18 procedimientos. (Ver Flash Laboral CCL de 05.12.2016).

Fuente

Cámara de Comercio de Lima

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