Gobierno publica manual de advertencias publicitarias en etiquetas de alimentos industriales
- Sus disposiciones estarán vigentes desde el 17 de junio de 2019 –
La Cámara de Comercio de Lima es el gremio empresarial líder del país, encargados de promover el desarrollo de la libre empresa haciendo respetar sus ...
El 16 de junio de 2018 se ha publicado en El Peruano el D.S. 012-2018-SA, con el cual se aprueba el Manual de Advertencias Publicitarias, que las empresas deberán consignar en el rotulado de alimentos industriales, de conformidad con la Ley 30021 – Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas y adolescentes, y de su reglamento D.S. 017-2017-SA.
"Gobierno publica manual de advertencias publicitarias en etiquetas de alimentos industriales"
Además, modifica el Reglamento aprobado por DS N° 017-2017-SA en lo referente a las definiciones de alimentos naturales, azúcares y comedor escolar saludable, e incorpora la definición de ingredientes culinarios.
El Manual aprobado, que entrará en vigencia a los 12 meses contados a partir del 17.06.2018, contiene las especificaciones técnicas para consignar las advertencias publicitarias en los alimentos procesados que superen los parámetros técnicos establecidos según el Reglamento aprobado por DS N° 017-2017-SA.
Entre otros, el Manual en referencia señala el contenido de las advertencias publicitarias que deberán ser consignadas de manera clara, legible, destacada y comprensible en la cara frontal de la etiqueta de los productos, estableciendo su ubicación y dimensiones. Utiliza el sistema de octógonos con el mensaje en letras negras: ALTO EN GRASAS SATURADAS, ALTO EN AZÚCAR, ALTO EN SODIO, CONTIENE GRASAS TRANS y EVITAR SU CONSUMO, según corresponda.
Conforme con el Reglamento aprobado por DS N° 017-2017-SA, los parámetros técnicos son:
Parámetros técnicos | A los 6 meses de la aprobación del Manual (17.12.2018) | A los 39 meses de aprobación del Manual (17.09.21) |
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Sodio en alimentos sólidos | Mayor o igual a 800 mg/100g | Mayor o igual a 400 mg/100g |
Sodio en bebidas | Mayor o igual a 100 mg/100ml | Mayor o igual a 100mg/100ml |
Azúcar total en alimentos sólidos | Mayor o igual a 22.5g/100g | Mayor o igual a 10g /100g |
Azúcar total en bebidas | Mayor o igual a 6g/100ml | Mayor o igual a 5g/100ml |
Grasas Saturadas en alimentos sólidos | Mayor o igual a 6g/100g | Mayor o igual a 4g/100g |
Grasas Saturadas en bebidas | Mayor o igual a 3g/100ml | Mayor o igual a 3g/100ml |
Grasas Trans | Según la normatividad vigente | Según la normatividad vigente |
Cabe advertir que si bien estas disposiciones deben entrar en vigencia en junio del próximo año, es de público conocimiento que el Congreso viene trabajando un Proyecto de Ley orientado a modificar la Ley de Alimentación Saludable para incorporar el uso del "semáforo nutricional" en el etiquetado, pretendiendo se utilicen colores y datos numéricos, con los que el Gobierno, según ha trascendido, no está de acuerdo. Estaremos a la expectativa para dar a conocer lo que finalmente se resuelva.
Fuente
Cámara de Comercio de Lima