Nuevas disposiciones de SUNAT que debe tener en cuenta
Nuevas disposiciones de SUNAT que debe tener en cuenta
La Cámara de Comercio de Lima es el gremio empresarial líder del país, encargados de promover el desarrollo de la libre empresa haciendo respetar sus ...
. Incorporan a 551 empresas en el Directorio de Principales Contribuyentes Regionales y Zonales.
. Modifican el procedimiento de solicitud de rectificación electrónica de la declaración aduanera.
. Modifican procedimientos de control de mercancías restringidas y prohibidas.
"Incorporan a 551 empresas en el Directorio de Principales Contribuyentes Regionales y Zonales."
El 2 y 3 de setiembre de 2017 se han publicado en El Peruano las Resoluciones 226-2017-SUNAT y las Resoluciones 03 y 04-2017-SUNAT, con las cuales se modifican las normas del rubro, que a continuación se sintetizan:
LOS CAMBIOS EN LA NUEVA LEY SON:
Requisitos:
Principales contribuyentes.- Con la Res. 226-2017-SUNAT se incorporan a 551 empresas en los Directorios de Principales Contribuyentes de las Intendencias Regionales y Oficinas Zonales de SUNAT.
En tal sentido, desde el 04 de setiembre de 2017 las empresas designadas como principales contribuyentes deberán de efectuar sus trámites, reclamos, presentar sus declaraciones juradas y efectuar el pago de los impuestos únicamente en los lugares designados por SUNAT, que corresponden a las diferentes regiones y oficinas zonales.
Control de mercancías prohibidas.- Con la Res. 03-2017-SUNAT, se modifican los procedimientos específicos de control de mercancías restringidas y prohibidas, de conformidad con las normas expedidas por los diferentes sectores, esto es, por el MINAGRI, MININTER, PRODUCE, MINSA, MTC y de la propia SUNAT (insumos químicos).
Asimismo, se aprueba el contenido de la declaración jurada que al respecto debe presentar el contribuyente.
Solicitud de rectificación electrónica.- Finalmente, con la Res. 04-2017-SUNAT, se modifica el procedimiento específico de solicitud de rectificación electrónica de la declaración de mercancías acogidas a despacho anticipado.
Se establece que dicha rectificación será automática, en los casos siguientes:
1) En la rectificación se debe consignar el código 02 y se debe solicitar dentro de los 15 días siguientes a la fecha de descarga.
2) Cuando se rectifique el punto de llegada o sus datos vinculados, se debe indicar el código de lugar de descarga, tipo, RUC y/o local del punto de llegada.
3) Cuando se modifique el procedimiento a modalidad a despacho diferido y sus datos vinculados, en los casos de mercancías que arribaron en un plazo superior a 30 días, se debe consignar el tipo de modalidad, el código del lugar de descarga, fecha de llegada /fecha de término de descarga, tipo, RUC y/o local anexo del punto de llegada/.
Fuente
Cámara de Comercio de Lima