Declaración y pago del ITAN 2017
- Debe hacerse junto con obligaciones de marzo que vencen entre el 18 y el 26 de abril –
La Cámara de Comercio de Lima es el gremio empresarial líder del país, encargados de promover el desarrollo de la libre empresa haciendo respetar sus ...
· El Impuesto Temporal a los Activos netos – ITAN - es un impuesto de periodicidad anual que grava el patrimonio de las empresas comprendidas en el Régimen General del Impuesto a la Renta.
"- Debe hacerse junto con obligaciones de marzo que vencen entre el 18 y el 26 de abril –"
· Están obligadas a declarar y a pagar el ITAN las empresas del Régimen General, cuyo valor de los activos netos al 31 de diciembre del 2016 supere un millón de nuevos soles (S/1’000,000.00), sin considerar las deducciones de ley.
· La alícuota del ITAN es de 0.4%, que se calcula sobre el valor histórico de los activos de la empresa que exceda a S/ 1’000,000.00, según el balance al 31 de diciembre de 2016.
· En consecuencia, la tasa será: 0% hasta S/1’000,000.00 de activos y 0.4% por el exceso de S/1’000,000.00 de activos.
· Para determinar el valor de los activos netos, se podrá deducir, entre otros: maquinaria y equipo que no tengan una antigüedad mayor de tres años; acciones, participaciones o derechos de capital de otras empresas sujetas al ITAN; inmuebles, museos y colecciones privadas de objetos culturales calificados como patrimonio cultural para el INC.
· El ITAN podrá ser pagado al contado o en nueve (9) cuotas mensuales iguales.
· Si se opta por el pago al contado, el impuesto anual y la primera cuota se deben pagar al presentarse el PDT ITAN – Formulario Virtual 648.
· Si se opta por el pago en cuotas, el impuesto anual se dividirá en nueve (9) cuotas mensuales iguales, cada una de las cuales no debe ser menor de S/1.00.
· Cuando el pago al contado o de la primera cuota se efectúa después de la presentación del PDT, el pago debe realizarse mediante el sistema de pago fácil – Formulario Virtual 1662 a través de Internet, consignando el Código del Tributo 3038 – Impuesto Temporal a los Activos Netos y como periodo tributario 03/2017.
· En caso se opte por la declaración pago – de manera presencial, los Principales Contribuyentes lo hacen en las oficinas fijadas por SUNAT para los PRICOS, los demás contribuyentes lo hacen en los bancos autorizados, en ambos casos se debe utilizar medio magnético para declarar y la boleta de pago 1662.
· Cuando el pago se realiza en los bancos se utilizará dinero en efectivo o cheque, consignando el Código del Tributo 3038- ITAN y como período tributario 03/2017.
· El ITAN se declara mediante el PDT ITAN – Formulario Virtual N° 648, de acuerdo con el cronograma siguiente:
ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC DEL CONTRIBUYENTE
0 - 18 Abril 2017
1 - 19 Abril 2017
2 y 3 - 20 Abril 2017
4 y 5 - 21 Abril 2017
6 y 7 - 24 abril 2017
8 y 9 - 25 Abril 2017
BUENOS CONTRIBUYENTES
0, 1, 2, 3, 4, 5, 6,
7, 8 y 9 - 26-abr-2017
CREDITO CONTRA EL IR
El ITAN afectivamente pagado se aplica como crédito contra los pagos a cuenta y la cuota de regularización del IR del año 2017, tal como se indica:
Mes de pago del ITAM
Se aplica contra el pago a cuenta del IR
comprendiente a los siguientes periodos tributarios
Abril - Desde marzo a diciembre
Mayo - Desde abril a diciembre
Junio - Desde mayo a diciembre
Julio - Desde junio a diciembre
Agosto - Desde julio a diciembre
Setiembre - Desde agosto a diciembre
Octubre - Desde setiembre a diciembre
Noviembre - Desde octubre a diciembre
Diciembre - Noviembre y diciembre
INAFECTACIÓN
Según la Ley 30264 y el Informe 002-2015/SUNAT, no están afectas al ITAN (desde el 01-01-15) las empresas que no han iniciado actividades productivas, las que presten servicios públicos de agua y alcantarillado, las declaradas en liquidación o insolvencia, COFIDE, las asociaciones y fundaciones que no pagan Impuesto a la renta.
Fuente
Cámara de Comercio de Lima