SUNAT implementa mecanismo "declara fácil"

Nuevas profesiones

– Contribuyentes podrán declarar y pagar tributos desde teléfono celular –

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Hoy miércoles 27 de diciembre se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N°335-2017/SUNAT, con la cual pone a disposición de los contribuyentes el servicio "MIS DECLARACIONES Y PAGOS", el mismo que permitirá a los contribuyentes acceder a formularios "declara fácil" para elaborar sus declaraciones determinativas y presentarlas a través de SUNAT Virtual, pagar la deuda tributaria y consular las declaraciones presentadas.



"Contribuyentes podrán declarar y pagar tributos desde teléfono celular "



Acceso.- Podrá accederse a este servicio desde SUNAT Virtual, o computadora personal en la que se instale el aplicativo descargándolo de SUNAT Virtual; o dispositivo móvil en el que se instale la APP SUNAT.

Declaración y pago.- El contribuyente debe seleccionar el formulario "declara fácil" a presentar e ingresar el periodo a declarar. Aparecerá una información personalizada que debe verificar y modificar, de ser el caso.



Para cancelar el importe a pagar, el contribuyente podrá optar por utilizar débito en cuenta del banco que seleccione, o tarjeta de crédito o débito. También podrá pagarse en un banco habilitado, utilizando el NPS (número de pago SUNAT).

Rechazo.- SUNAT puede rechazar el formulario "declara fácil" por diversas causas relacionadas con el medio de pago utilizado o por corte del sistema.

Aceptada la presentación y pago, se genera la constancia correspondiente que puede ser impresa, guardada y/o enviada al correo electrónico que señale el contribuyente.

Nuevos formularios virtuales.- Se aprueban los siguientes formularios virtuales:

Declara Fácil 621- IGV- Renta mensual (IGV, pagos a cuenta del impuesto a la renta de tercera régimen general y Régimen MYPE Tributario; Régimen Especial del Impuesto a la Renta; e Impuesto a la venta de arroz pilado)

Declara Fácil 626- Agentes de Retención (Retención del IGV)

Declara Fácil 633- Agente de percepción adquisición de combustible (IGV aplicable a la venta de combustibles)

Declara Fácil 697 – Agente de percepción ventas internas (IGV aplicable la venta de bienes)

Estas disposiciones entrarán en vigencia el 1 de enero del 2018

Fuente

Cámara de Comercio de Lima

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