Municipalidad de Lima elimina requisitos y procedimiento para autorización de anuncios o avisos publicitarios

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Fueron declarados como barreras burocráticas ilegales por Indecopi

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El 7 de enero de 2020 se ha publicado en El Peruano el Decreto de Alcaldía 020, con el cual se eliminan diversos requisitos contemplados en el TUPA de la Municipalidad de Lima (Ordenanza 1874-2015) referidos al procedimiento denominado Autorización para la ubicación de anuncios, avisos, o elementos publicitarios (Procedimiento 32)



"Municipalidad de Lima elimina requisitos y procedimiento para autorización de anuncios o avisos publicitarios"



Los cambios en dicho procedimiento obedecen a que algunos requisitos y procedimiento específico, fueron declarados como barreras burocráticas ilegales por el INDECOPI y son los siguientes:

. Se elimina el requisito denominado "Copia de la Autorización Municipal de Funcionamiento, si se ubica un establecimiento que opera fuera de la jurisdicción del municipio donde se tramita la solicitud":

- Del procedimiento 32.2 "Ubicación del panel simple, paleta, escaparate, marquesina, aerostático, cartelera, valla, banderola, aviso volumétrico y aviso ecológico"

- Del procedimiento 32.3 " Ubicación de paneles monumentales, unipolares, tótem y publicidad en mobiliario urbano"

- Del procedimiento 32.4 " publicidad de elementos móviles"

. Asimismo, se elimina el procedimiento 32.5 denominado "Renovación de la autorización de ubicación de anuncios o avisos publicitarios en unidades móviles" i incluyendo sus requisitos y derecho de trámite.

La Gerencia de Desarrollo Urbano de la MML es la encargada de garantizar el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el DA. 020 bajo comentario, que regirá desde el 08 de enero de 2020.

Fuente
Cámara de Comercio de Lima

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