Facilidades para miembros de mesa y electores por el Referéndum Nacional

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- Suspensión de clases en locales de votación, restricciones y multas –

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El jueves 6 de diciembre último se ha publicado en El Peruano el Decreto Supremo 013-2018- TR, mediante el cual se otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco del Referéndum Nacional 2018, que se llevará a cabo el domingo 9 de diciembre; regulando al respecto lo siguiente:



"Facilidades para miembros de mesa y electores por el Referéndum Nacional"



Trabajadores que laboran el domingo 9 de diciembre

Los trabajadores que no se encuentren en el supuesto arriba mencionado, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día del Referéndum Nacional, tendrán derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto. Quienes actúen como miembros de mesa, cuyas jornadas coincidan con el 9 de diciembre, están facultados para no asistir a sus centros de labores, sin perjuicio del día no laborable dispuesto para el día lunes 10 de diciembre.

Suspensión de clases en lugares de votación

Adicionalmente, mediante RM N° 670-2018-MINEDU, el Ministerio de Educación ha dispuesto la suspensión de labores académicas desde el viernes 7 al lunes 10 de diciembre, en las instituciones educativas que servirán como local de votación para el Referéndum Nacional.

RESTRICCIONES Y MULTAS: A continuación sintetizamos las principales disposiciones contenidas en la Ley N° 26859 -Ley Orgánica de Elecciones y las disposiciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), que los ciudadanos deben de tener en cuenta si no concurren a ejercer su derecho a voto el domingo 9 de diciembre próximo.

¿Pueden votar los que tienen multas pendientes?

Pese a tener multas electorales pendientes, los ciudadanos podrán votar el 9 de diciembre. El no haberlas cancelado no les impide ejercer su voto; sin embargo, están impedidos de ejercitar sus derechos civiles, que se precisan en este documento.

¿Cuáles son las restricciones para los que no concurren a ejercer su derecho al voto?

De acuerdo con el portal del Gobierno, quienes no pagan las multas electorales no podrán inscribir cualquier acto relacionado con su estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.); tampoco podrán intervenir en procesos judiciales o administrativos. Por otro lado, no podrán realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato, cobrar cheques, obtener brevete, tampoco podrán ser nombrados funcionarios públicos, no se podrán inscribir en cualquier programa social ni viajar al exterior.

¿Cuáles son las multas por no votar el 09 de diciembre?

Los electores que no ejerzan su voto en el Referéndum Nacional recibirán una multa escalonada de acuerdo al nivel de pobreza del distrito que figura en su D.N.I.:

•Distrito considerado No pobre: S/83
•Distrito considerado Pobre no extremo: S/41.50
•Distrito considerado Pobre extremo: S/20.75

¿Cuál es la multa para los miembros de mesa?

Quienes salieron elegidos como miembros de mesa (titular o suplente), y no cumplen con el deber de asistir para ejercer esta función en el Referéndum 2018, deberán pagar una multa de S/207.50

A los ciudadanos que no cumplan con la función de ser miembro de mesa y a la vez no asistan a votar, se les impondrán dos multas: una por omiso a instalación de mesa y otra por omiso al sufragio.

¿Cuáles son las restricciones según la Ley Orgánica de Elecciones - Ley N° 26859?

Reuniones públicas.- Desde el viernes 07 de diciembre quedará restringida la realización de mítines o reuniones de carácter público, bajo sanción de carcelería no menor de 3 meses ni mayor a 2 años. (Art. 190 LOE.)

• Ley seca.- Desde las 8:00 am del sábado 8 de diciembre hasta las 8:00 am del lunes 10 de diciembre queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas en restaurantes, bares, tiendas, autoservicios, supermercados e inclusive en el comercio ambulatorio, bajo sanción de carcelería no mayor de 6 meses o multa de S/ 2,790. (Art. 390 LOE.)
• Espectáculos.- Durante las horas del Referéndum no pueden efectuarse espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, ni funciones teatrales o cinematográficas ni reuniones públicas de ninguna clase. (Art. 349 LOE.)

¿Los peruanos que están en el extranjero tendrán multa?

Cuando un ciudadano está fuera del país y en su D.N.I. figura como dirección cualquier distrito del Perú, mantiene su obligación al sufragio y al cargo de miembro de mesa en caso salga sorteado. Por lo tanto, se le impone la multa correspondiente en caso de no concurrir al sufragio y ejercer el cargo de miembro de mesa.

Si la persona está fuera del país por motivos de salud o de estudio puede tramitar una justificación por sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entidad a cargo de otorgar las dispensas después del Referéndum.

¿Quiénes emplearán el voto electrónico presencial?

Según el portal de la ONPE, utilizarán el voto electrónico presencial 39 distritos del país; en Lima Metropolitana 21 distritos, en el Callao 2 distritos y en el interior del país 16 jurisdicciones.

En Lima Metropolitana, el voto será electrónico presencial en los siguientes distritos: Barranco, Chaclacayo, Cieneguilla, La Molina, Lince, Lurín, Magdalena del Mar, Miraflores, Pachacamac, Pucusana, Pueblo Libre, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, San Borja, San Isidro, San Luis, Santa Anita, Santa María del Mar, Santiago de Surco y Surquillo. En el Callao: La Punta y Mi Perú.

Fuente
Cámara de Comercio de Lima

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